Cualquier ciudadano de la Unión Europea o de algún Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que planea residir en España por periodo superior a tres meses debe solicitar el Certificado de residencia de ciudadanos de la Unión Europea.
Acreditando ser trabajador por cuenta ajena, por cuenta propia o disponer de recursos económicos suficientes y seguro de enfermedad, el Certificado de residencia del ciudadano de la Unión se emitirá a la persona interesada en el mismo día de la solicitud por la Oficina de Extranjería de la provincia donde pretenda residir o por la Comisaria de Policía correspondiente, en el caso de las Islas Baleares.
Los estudiantes matriculados en un centro público o privado habilitado de España, que asimismo cuentan con un seguro de salud que proporciona cobertura en España, también pueden solicitar este tipo de certificado. A diferencia de los demás, los estudiantes no deberán acreditar la tenencia de recursos económicos, sino que bastará con una declaración responsable de poseer recursos suficientes para su periodo de residencia en España. Estos requisitos estarán cumplidos si, por ejemplo, se acredita la participación en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo (por ej. Erasmus).
Trascurridos cinco años de residencia legal y continuada, el ciudadano de la Unión podrá solicitar su residencia permanente en España.
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